¿Tienen las operadoras la obligación de liberarte el movil?

  • Verdades y mitos de la obligación de liberar el móvil del usuario por parte de la operadora móvil al finalizar la permanencia.

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Cuando se habla de liberación una de los lugares comunes de muchos usuarios es que «que ley obliga a liberar los moviles». Sin embargo esa ley, nunca se cita. ¿es acaso una ley tímida que no le gusta aparecer? ¿será una ley o un reglamento? ¿o será una leyenda urbana?

La famosa «ley» no existe como tal. No hay ninguna norma legal vigente que disponga que los moviles deben ser liberados en tales o cuales condiciones.

La supuesta obligación de liberar los moviles arranca de un parrafo del INFORME PRECEPTIVO AL SERVICIO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA. de 15 de abril de 1999. En ese Informe se dice expresamente:

«en algunos modelos de terminales se introduce una restricción técnica que garantiza que el teléfono únicamente pueda utilizarse con una red determinada. En este último caso, desde la perspectiva de la garantía de la libre competencia y de la protección de los consumidores, es necesario que el terminal pueda ser desbloqueado libremente, transcurrido el tiempo necesario para que el importe subvencionado del terminal haya sido recuperado por concepto de consumo telefónico, o en caso contrario, mediante el abono del importe de la subvención pendiente de recuperación».

¿Qué debemos entener de este párrafo?

  1. Que el bloqueo de terminales es legal y que no atenta contra la competencia.
  2. Que el bloqueo debe ser reversible, es decir que debe permitir desbloquearse.
  3. Que ese desbloqueo debe poderse realizar cuando las operadoras hayan amortizado el coste de subvención del terminal.

No se dice, ni puede interpretarse que las operadoras estén obligadas a dar ese codigo (dice textualmente: ser desbloqueado libremente, no desbloqueado por la compañía) ni mucho menos que ese desbloqueo deba ser gratuito. Además debemos tener en cuenta que el documento que sustenta este razonamiento es un mero informe. De una comisión nacional, sí, pero informe al fin y al cabo.

La Comisión Nacional del Mercado de las Telecomunicaciones mantiene que es necesario la técnica del simunlock para garantizar la defensa de la competencia entre los operadores tal y como queda reflejado en el acuerdo del Consejo del día 15 de abril de 1999.

Por lo tanto podemos concluir que para los organismos reguladores la liberación de los moviles es un elemento de garantía de la libertad del mercado de las telecomunicaciones, es decir, una garantía de las operadoras de poder competir entre sí. Pero hasta el momento nunca se ha declarado un derecho de los consumidores a la liberación de su terminal exigible frente a las operadoras, más allá de los recogidos en los contratos que los clientes firman con las operadoras.

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Predeterminado del sitio

Socio Fundador y Director de Abogado Amigo. Apasionado por las nuevas tecnologías, la comunicación, la telefonía y ayudar a los demás.

4 Respuestas

  1. Bruno dice:

    Lo que no entiendo es que sigan viniendo bloqueados, ya que ahora cuando te dan un móvil subvencionado, te lo subvencionan en mayor o menor medida según el contrato de consumo mínimo mensual al que te ates durante 18-24 meses.

    Por lo tanto, aunque esté libre y podamos usarlo con otra operadora, ellos deberían seguir recibiendo el mínimo del contrato.. ¿qué más da que pueda usarlo con otro operador?

    Además, en cualquier chino te lo liberan por una cifra entre 6 y 20 eu.

    Lo dicho, absurdo..

  2. Juan dice:

    Teniendo opciones de poder liberarlo por internet por código IMEI, yo no le dejo mi flamante teléfono a cualquier chino….por muy barato que me lo haga… 😀

    • susi dice:

      si por el codigo imei puedes liberarlo pero cuanto te cobran ya les llega tambien y que conste que yo a los chinos no les dejo nada de nada que a saber como trabajan

  3. marco dice:

    Si cambio de operador de telefonía móvil, ¿puedo usar mi terminal antiguo o tengo que comprar uno nuevo?
    En caso de que haya adquirido un aparato «libre», esto es, sin vincularlo a un contrato con un operador concreto, no existiría problema alguno. No obstante, en ocasiones se adquiere el terminal a la vez que se suscribe un contrato con el operador de telefonía móvil. Este es un procedimiento habitual por el cual los operadores subvencionan parte del coste del terminal para que sea más económico para el usuario. Es frecuente que cuando se contrata en esta modalidad se acepten unas condiciones, que limitan el uso del terminal exclusivamente con el operador que le ha subvencionado durante un tiempo limitado, esto es, se incluye una cláusula de permanencia mínima en contraprestación a la rebaja en el precio del teléfono móvil. En cualquier caso, si usted ha cumplido estas condiciones, podrá usarlo con el nuevo operador. Si no ha finalizado el período mínimo a que se comprometió (que debe figurar en el contrato), el operador anterior podría aplicar la posible cláusula que se haya incluido en el contrato para este supuesto.
    ….
    Si no te lo liberan presenta una queja gratuita y que al menos la compañia se gaste los cuarrtos en litigar con la administracion…

    http://www.usuariosteleco.es/PresentacionElectronica/Paginas/ReclamacionesTelematicas.aspx

    Si se ponenabusones, al menos que les salga cara la broma en sellos , cartas y tiempo

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